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Declaración Anual Personas Físicas: por COVID-19 se va al 30 de junio

Declaración anual de personas físicas en pandemia de Covid 19


Abril marca el mes para para presentar la Declaración Anual de Personas Físicas.

Hasta el día de ayer, la fecha límite era el 30 de ese mes: pero el Servicio de Administración Tributaria (SAT) decidió "cortar una flor de su jardín" y extender el plazo hasta el 30 de junio para el caso de esos contribuyentes. Y en donde la emergencia que vivimos por el COVID-19, abrió la oportunidad de más tiempo.

De acuerdo con el SAT, 5.5 millones de mexicanos cumplieron con esta obligación en 2019; y de esos, más del 80% recibieron un saldo a favor: es decir, recibieron dinero por parte del fisco por haber entregado correctamente y en tiempo su declaración anual. Pero sobre todo, al presentar esta también realizaron, sin errores, sus deducciones.

Aquí tenemos entonces dos primeras recomendaciones a tomar en cuenta para la Declaración Anual de Personas Físicas:

  1. Tener claro el tiempo de presentación, considerando que ahora la fecha límite se extiende al 30 de junio 2020.
  2. Contar con toda la información sobre ingresos y gastos; estos últimos de acuerdo con las obligaciones que se tengan como Persona Física ante el SAT.

Lo importante es presentar esta declaración sin errores, diferencias u omisiones, y de este modo no exista la posibilidad de una revisión o la devolución de dinero se vea cuestionada, aplazando este beneficio en tanto se hacen las aclaraciones debidas.

COVID-19 ayuda a Personas Físicas

En medio de la pandemia por el nuevo Coronavirus, la autoridad fiscal informó de esta prórroga a junio; lo cual no sucedió con la Declaración Anual de Personas Morales.

Habrá que aprovechar entonces la extensión del plazo y lo mejor es hacerlo con anticipación para evitar contratiempos y posibles dolores de cabeza porque la página del SAT está saturada o hay un caída del servicio.

¿Qué información se presenta en la Declaración Anual Personas Físicas 2020?

  • Debe contener ingresos, deducciones personales, retenciones y pagos provisionales; y se presenta en línea a través del portal del SAT.
  • La obligación central es declarar el Impuesto sobre la Renta (ISR) del ejercicio para Personas Físicas de acuerdo con su régimen fiscal.

¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Anual Personas Físicas 2020?

  1. Los trabajadores que recibieron ingresos por salarios y que obtuvieron ingresos de dos o más patrones.
  2. Quienes recibieron ingresos anuales que excedan los 400 mil pesos.
  3. Las personas que hayan obtenido ingresos por enajenación de bienes; es decir, que hayan vendido alguna propiedad (casa, departamento, terreno o local comercial).

Para más información puedes consultar la página del SAT al respecto, Página SAT Declaración Anual Personas Físicas.

No olvides la asesoría y acompañamiento de un Contador: este profesional conoce los lineamientos y requisitos de ley para elaborar y presentar la Declaración Anual de Personas Físicas. ¡Este profesional te ayuda a hacerlo en tiempo y forma!

Como último dato, en el comunicado en donde se da a conocer la fecha del 30 de junio como límite para presentar, el SAT destaca:

  • Al 21 de abril de 2020, se han presentado 4’ 252, 450 declaraciones de Personas Físicas, cifra mayor a los 3’ 210, 548 del 2019: un incremento de 32% en contraste con el año pasado.
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